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jueves, 25 de febrero de 2016

El derecho al pluriempleo de los profesores cubanos. Por Roberto G. Peralo [La Joven Cuba]



Llega a su casa agotada después de una jornada laboral extensa. Impartir dos conferencia, cada una de 90 minutos, resulta desgastante física e intelectualmente. Pero su jornada laboral apenas comienza.


Con más de 20 años de experiencia como profesora, Doctora en Ciencias Económicas y Profesora Titular sus noches no son para descansar, ni para leer un buen libro, ni recrearse. Su otro oficio: hacer merenguitos, no es un entretenimiento, le permite acceder a bienes y servicios que le son imprescindibles para vivir.


Este caso – real – no es la excepción. Son muchos los profesores que por no poder desprenderse de esta profesión tienen que buscarse otra fuente de ingresos. Los conozco que son, dulceros, artesanos, albañiles, vineros, payasos, la variedad de oficios es increíble.


Estos profesores han tenido la posibilidad de trabajar en otros sectores de la economía donde son mejores valorados pero se mantienen con la tiza en mano. Son profesores de vocación, aman mucho su trabajo. Se han tomado muy en serio la idea que pueden transformar el mundo.


No encuentro indigno ningún oficio. Cualquier trabajo que sea útil para la reproducción social, mientras sea honesto es necesario. Pero esto profesores con más de una profesión se encuentran al violando la Ley No. 116 del Código de Trabajo. Causa por la cual no me atrevo a mencionar sus nombres por muy orgulloso que este de ellos.

La historia no contada. 

El 13 de diciembre del 2012 La Asamblea Nacional del Poder Popular acordó por unanimidad convocar a consulta popular con todos los trabajadores del país, el Anteproyecto de Ley “Código del trabajo“. En ninguno de los 182 artículos del Anteproyecto se hacía referencia a la prohibición del Multiempleo para ningún sector de la economía. Por lo que difícilmente se hayan realizado algún planteamiento al respecto.


De la consulta con los trabajadores se contabilizaron 171 680 planteamientos que dieron lugar a modificaciones importantes de la versión original. El proyecto final fue aprobada con el voto de la mayoría de nuestro parlamento. La diputada Mariela Castro fue la única que votó en contra de dicha Ley.


El 17 de junio del 2014 se hace pública en la Gaceta Oficial el contenido final de dicha Ley. Dentro de unas de las modificaciones que aparecen nueva, está el artículo 30, dónde prohíbe desempeñar otro cargo o empleo remunerado a los profesores y maestros, con excepción a cargos docentes, de investigación científica u otros que le sean aprobados por decisión expresa del órgano que lo contrató.

Si era interés del Estado prohibir que los profesores tengan otra fuente de ingreso, creo que lo más sensato era incluirlo en el anteproyecto de Ley para escuchar sus opiniones y que el estado expusiera los argumentos del por qué de esta medida. Incluirlo en la propuesta final sin la posibilidad de que los afectado se pronunciara me parece algo no producente.

Siempre he aplaudido este método democrático, de consulta popular de los proyectos de leyes. Puede que haya sido un descuido de la comisión que elaboró el proyecto. Pero merecía que en la discusión y aprobación de la Ley existiera un pronunciamiento al respecto, cosa que no ocurrió. Parece ser que los diputados que representan estos sectores no sintieron la necesidad o la curiosidad de pedir explicación.

Lo curioso de estos casos es que muchos de estos profesores cuando el país amplió y flexibilizó el trabajo por cuenta propia, sacaron su licencia para ejercer dichas profesiones y pagan sus respectivos impuestos. Ahora se encuentran en un limbo legal y ético.

Lo correcto sería que los profesores podamos con nuestro trabajo recibir los ingresos suficiente que permita satisfacer las necesidades primarias de nuestras familias. Los que quieran tener otras oficios que sea por puro hobby o satisfacción personal. Pero las condiciones económicas de Cuba no permite solucionar ese problema por el momento. Entonces, creémosle a los profesionales de la tiza un marco legal apropiado y ajustado a las condiciones objetivas en que vivimos. No les pongamos más obstáculos.




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