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jueves, 13 de junio de 2019

Permite Estados Unidos viajes a Cuba bajo licencias con fines subversivos



Permite Estados Unidos viajes a Cuba bajo licencias con fines subversivos / Por Arthur González


El Departamento de Estado continuará permitiendo que ciudadanos de Estados Unidos viajen a Cuba, amparados en una licencia que persigue objetivos subversivos, según información publicada en su sitio oficial.



La licencia titulada“Apoyar la sociedad civil de Cuba o promover la independencia del pueblo cubano de las autoridades cubanas”, será admitida para que ciudadanos norteamericanos continúen viajando a la Isla, siempre que su finalidad sea la de:

Apoyar la sociedad civil de Cuba o promover la independencia del pueblo cubano de las autoridades del país, lo cual resultará en una interacción significativa entre el viajero y las personas de Cuba”.
De acuerdo con la información publicada por las autoridades yanquis, los “intercambios deben desarrollarse bajo los auspicios de una organización sujeta a la jurisdicción de los EE.UU., que favorezca dichos intercambios, siempre que su propósito sea la de promover las llamadas conexiones de pueblo a pueblo”.
Tales viajes “contarán con un programa de actividades a tiempo completo, diseñado para incrementar el contacto con los cubanos, y que estos produzcan interacciones significativas entre el viajero y las personas de Cuba”.
Para garantizar ese objetivo, los grupos de estadounidenses que viajen a la Isla, “deberán estar encabezados por un empleado, consultor pagado o agente de la organización auspiciadora, que siempre acompañe a cada grupo en su viaje a Cuba, a fin de garantizar que todos los viajeros tenga un programa a tiempo completo de actividades de “intercambio educativo”, debiendo certificar que no sostengan contactos con personas o entidades que actúen en nombre de determinados funcionarios prohibidos del gobierno de Cuba, o ciertos miembros del Partido Comunista de Cuba”.
Un aspecto puntualizado por el Departamento de Estado yanqui y de estricto cumplimiento por los agentes de viajes, es que tienen ajustarse al requisito contemplado en la licencia “Apoyar la sociedad civil de Cuba o promover la independencia del pueblo cubano de las autoridades cubanas”, el cual establece claramente que los viajes a Cuba solo se autorizan, siempre y cuando sus actividades sean con organizaciones reconocidas defensoras de los derechos humanos; una organización independiente diseñada para promover una transición rápida y pacífica a la democracia o, con personas y organizaciones no gubernamentales, siempre que promuevan actividades independientes, con la intención de fortalecer la sociedad civil en Cuba”.
Otro de los elementos a consumar es que “el programa de actividades del viajero no puede incluir tiempo libre, ni de recreo en exceso de lo normal para un programa a tiempo completo”.
Este elemento deja por sentado que están prohibidas las actividades de placer y recreo, o sea turísticas.
Todas las gestiones en Cuba tienen que ser con trabajadores no estatales, tales como el alojamiento, transporte y la alimentación.
La mencionada licencia se estableció bajo la administración de George W. Bush, quien dio luz verde al plan de la “Comisión para la Asistencia de una Cuba Libre”, más conocido como Plan Bush, aprobado en mayo del 2004, que pretendía acelerar la “Transición pacífica de Cuba hacia la democracia”.
El Plan Bush, aceleró un conjunto de medidas para estrangular la economía cubana, incrementándose las multas impuestas por laOFAC, a las entidades financieras que sostenían relaciones con la Isla y a ciudadanos estadounidenses que viajaran a Cuba.
Limitó las visitas familiares de cubanos residentes en Estados Unidos, a una cada tres años y recortó el monto anual de las remesas a mil usd, cifra vuelta a imponer por el presidente Donald Trump.
En esa época, Bush revitalizó la Ley Helms-Burton con sus Títulos III y IV para amedrentar a los inversionistas extranjero.
A pesar del recrudecimiento de las sanciones económicas, permitió viajes con fines subversivos, con el sueño de provocar el derrocamiento del sistema desde adentro, para lo cual incrementó el apoyo a los grupúsculos contrarrevolucionarios, muchos de ellos abastecidos e instruidos por viajeros estadounidenses que ingresaban a Cuba, amparados en la licencia para “Apoyar a la “sociedad civil” de Cuba, como sucedió el 20 de mayo del 2005 cuando la asalariada del gobierno de Estados Unidos, la contrarrevolucionariaMarta Beatriz Roque Cabello, orientada por los yanquis, fomentó en La Habana una supuesta reunión de la “Asamblea Nacional para Promover la Sociedad Civil”, con varios invitados extranjeros y la presencia fiscalizadora del entonces Jefe de la Oficina de Intereses de Estados Unidos en La Habana, James Cason.
La Revolución cubana tiene suficiente experiencia en esos menesteres y las autoridades competentes, de conjunto con el pueblo, sabrán detectar los intentos subversivos e impedir actos provocativos contra la integridad de la nación, porque como dijera José Martí:
Quien bien vela, todo se le revela”

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Publicado por: David Díaz Ríos / CubaEstrellaQueIlumina
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martes, 11 de junio de 2019

Efectuada en la Universidad de Sancti Spíritus (UNISS) audiencia pública contra la Ley Helm- Burton




Efectuada en la UNISS audiencia pública contra la Ley Helm- Burton / José F. González Curiel


Con la presencia de Deivy Pérez Martín, Primera Secretaria del PCC en la provincia, Roberto Pérez y Osbel Lorenzo, miembros del Buró Provincial del PCC, otros funcionarios del Partido, las organizaciones de masas y las máximas autoridades de la Universidad de Sancti Spíritus “José Metí Pérez”, se efectuó en la mañana de hoy una audiencia pública de condena a la Ley Helms- Burton.
Luego de un emotivo tributo al Apóstol, un panel compuesto por Dr. C. Ramón Reigosa Lorenzo, el MSc. Guillermo Luna Castro y el MSc. Yhovani Reyes Castro argumentó y respondió los fundamentos históricos y jurídicos de la ley y su necesario rechazo para luego responder las preguntas formuladas por el auditorio.
La actividad concluyó con numerosas intervenciones de los participantes en rechazo a la política del actual gobierno norteamericano hacia Cuba y la reafirmación de la postura de la comunidad universitaria espirituana.

Universitarios de Sancti Spíritus condenan aplicación de Título III de la Ley Helms-Burton / Delia Proenza


En audiencia pública, a la que asistieron las máximas autoridades del Partido en la provincia, un panel de especialistas expuso interioridades e implicaciones de la activación de esa Ley garrote

Una audiencia pública que ayudó a esclarecer los pormenores de la anticubana Ley Helms-Burton y las implicaciones de la reciente puesta en vigor de su Título III, con alcance extraterritorial, se realizó este lunes en el teatro de la Universidad de Sancti Spíritus “José Martí”.
Junto a un amplio grupo de estudiantes y profesores de la casa de altos estudios, estuvieron presentes en el encuentro Deivy Pérez Martín, primera secretaria del Comité Provincial del Partido; Roberto Pérez y Osbel Lorenzo, ambos miembros del Buró Provincial de la organización partidista; así como la doctora en Ciencias Naima Ariadne Trujillo Barreto, rectora de la Universidad sede.
En la cita quedó al descubierto el carácter injerencista de la Ley Helms Burton, que los panelistas —dos prestigiosos historiadores y un reconocido jurista del patio— no dudaron en calificar de asesina y con el propósito de asfixiar a Cuba y a su pueblo, por el solo hecho, adujeron, de escoger un rumbo que no complace a los sucesivos gobiernos estadounidenses.
Antes de que el panel se adentrara en los pormenores históricos y legales del texto en sí mismo, uno de los estudiantes remarcó la vocación latinoamericanista e internacionalista de José Martí Pérez, el más grande pensador político hispanoamericano de finales del siglo XIX, dijo. Un día después de cumplirse 124 años de su muerte en combate en Dos Ríos, Jiguaní, Oriente, por la independencia de Cuba, ese propio joven recordó la frase del Apóstol: “El que tenga Patria que la honre, y el que no, que la conquiste”.
“¡Por apego a Martí, a su vida y a su obra, consolidamos nuestro patriotismo!”, exclamó el estudiante, y a continuación exigió, en nombre de todos sus compañeros de estudio, el cese de las agresiones de Estados Unidos a Cuba y de la aplicación de la citada Ley, cuyo fin es bloquearnos más y crear mayores insatisfacciones entre la población.
Por si faltase alguna voz allí, se alzó la del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, en una grabación de 1997 en la que exponía, entre otras ideas, las siguientes: “La intención de esas leyes (Torricelli y Helms Burton) es provocar el descontento, el desorden y la desunión. Es la hora de salvar la Revolución, la Patria, el Socialismo, la independencia del país, y con esos valores no se juega”.
Tras preguntar a los presentes en el multitudinario acto donde hablaba entonces si estarían dispuestos a rendirse, de seguir tales intentos por parte del enemigo imperialista, y escuchar un ¡No! fuerte y rotundo, Fidel dijo: “Eso es lo único que se puede esperar de ustedes y es lo único que esperamos de ustedes”.
Se escucharon, además, las valoraciones del General de Ejército y primer secretario del Partido Comunista de Cuba, Raúl Castro, ratificando la voluntad de no claudicar jamás y asegurando que “Cuba ha demostrado que sí se pudo, que sí se puede y siempre se podrá resistir”.
Entre preguntas de algunos de los asistentes, los panelistas significaron el daño que provocará a la economía cubana la activación delTítulo III de la Ley Helms-Burton. Igualmente, recordaron las viejas intenciones de Washington desde que Cuba comenzó a luchar por su total independencia y vertieron sus consideraciones sobre las razones que llevaron al expresidente Bill Clinton a firmar la mencionada Ley en 1996, sobre lo cual hubo grandes dudas, ya que podría afectar los intereses de los propios estadounidenses.

Universitarios espirituanos rechazan activación del Título III de la Ley Helms-Burton / Ada González Curbelo


on la presencia de la Primera Secretaria del Partido en la provincia, Deivy Pérez Martín, este lunes tuvo lugar, en laUniversidad de Sancti Spíritus José Martí, una Audiencia Pública donde la comunidad universitaria, profesores y trabajadores del centro de altos estudios denunciaron la activación del Título III de la Ley Helms-Burton, un acápite que recibe gran rechazo a nivel nacional y foráneo.
El Panel, integrado por el Doctor en Ciencias Ramón Reigosa Lorenzo, el Máster Guillermo Luna Castro y el Licenciado en Derecho Ihovany Reyes Castro,  profundizó en los contenidos de la Ley Helms Burton y el alcance en los daños que puede ocasionar a nuestro pueblo.
En este contexto los panelistas enfatizaron en que el documento se pronuncia también en contra de la decisión de endurecer los impedimentos a la entrada en Estados Unidos de directivos y familiares de las empresas que invierten legítimamente en Cuba, en propiedades que fueron nacionalizadas, y ratifica la decisión de volver a limitar las remesas que residentes cubanos en Estados Unidos envían a sus familiares y allegados.
Profesores y estudiantes de la casa de altos estudios en Sancti Spíritus patentizaron su apoyo incondicional a la Revolución cubanafrente a las amenazas y la política de desestabilización implementadas por la Casa Blanca contra la isla caribeña.
Suyes Fernández Caballero, Vicedecana de la Facultad de Ciencia Pedagógica en la Universidad de Sancti Spíritus, en su intervención hizo énfasis en que por la importancia de este tema y por la labor educativa que corresponden a los profesores, hay que extender estos conocimientos a todas las Brigadas de la Federación Estudiantil Universitaria y a las comunidades del territorio espirituano.
“Los jóvenes tienen que saber que fue lo que sucedió y cuáles son los antecedentes de la Ley Helms Burton, y que ellos lo interioricen y lo vivan en el momento histórico que le ha tocado”, puntualizó Fernández Caballero.
Cada intervención en el referido centro espirituano estuvo dirigida al rechazo al bloqueo y a la Ley Helms-Burton, y por el respeto a un pueblo leal que no hará concesiones de ninguna índole ni renunciará a uno solo de sus principios.

Otra vuelta a la tuerca, ¿y qué? / Por José Frnacisco Echemendía Gallego / Universidad de Sancti Spíritus “José Martí Pérez” (UNISS)



Hace exactamente 57 años, el 3 de febrero de 1962 mediante la Orden Ejecutiva Presidencial 3447 se implanta formalmente el “embargo” total del comercio entre Estados Unidos y Cuba, que tuvo antecedentes como la restricción de exportación de combustible a Cuba, la suspensión de operaciones de planta de níquel de Nicaro -propiedad del Gobierno de ese país-, la puesta en vigor de medidas generales prohibiendo exportaciones norteamericanas a Cuba, la ruptura de relaciones diplomáticas, la supresión total de la cuota azucarera cubana en mercado norteamericano para el año 1961 y el despliegue de una intensa maniobra en la OEA que culmina con sanciones y el rompimiento de relaciones diplomáticas de la mayoría de países latinoamericanos con Cuba.
Desde entonces esta pequeña isla en el Caribe sufre los embates y agresiones del país más poderoso del mundo, empeñado en hacer fracasar el proyecto emancipador y socialista de la Revolución cubana.
En una constante escalada de medidas y leyes dirigidas a cumplir con el propósito expuesto por un funcionario del Departamento de Estado en abril de 1960: “La mayoría de los cubanos apoyan a Castro (…) no existe una oposición política efectiva (…) el único medio previsible para enajenar el apoyo interno es a través del descontento y el desaliento basados en la insatisfacción y las dificultades económicas”; se firma el 12 de marzo de 1996 por el presidente William Clinton, la Ley de la libertad cubana y solidaridad democrática de 1996, más conocida como Ley Helms-Burton por los nombres de sus principales promotores (el senador (Republicano) por Carolina del Norte, Jesse Helms, y el representante (Demócrata) por Illinois, Dan Burton; una ley abiertamente injusta, ilegal y extraterritorial.
El Título III de esta Ley había sido suspendido por las diferentes administraciones desde el año de su promulgación, precisamente por su carácter extraterritorial; sin embargo en fecha reciente (17 de abril), los halcones Bolton y Pompeo anuncian en tono amenazador un grupo de medidas que arreciarían el bloqueo contra Cuba por parte del gobierno de los Estados Unidos, refiriendo que “Con efectividad a partir del 2 de mayo, bajo el título III de la Ley Libertad (Helms-Burton), los ciudadanos estadounidenses serán capaces de entablar demandas contra personas que trafiquen con propiedades que fueron confiscadas por el régimen cubano….Después de más de 22 años de retrasos, los estadounidenses finalmente tendrán la oportunidad de hacer justicia”.
a respuesta del gobierno y pueblo cubanos no se ha hecho esperar, a partir de esa fecha las principales figuras de la política en Cuba se han pronuciado; su Presidente, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, expresó en su cuenta de Twitter @DiazCanelB:
“El propósito de la Ley Helms Burton es asfixiar económicamente e imposibilitar el desarrollo económico de #Cuba, atacar a la soberanía de terceros países, y destruir a la #RevolucionCubana. La aplicación de la Helms-Burton no detendrá la marcha de los cubanos. #SomosCuba”; por su parte Bruno Rodríguez Parrilla (@BrunoRguezP), ministro de Relaciones Exteriores expresó en la propia red social: “#Cuba agradece amplio rechazo internacional de gobiernos, empresas y figuras en contra de la Ley Helms-Burton. Es una aberración jurídica, una flagrante violación del Derecho Intl., transgrede las reglas del comercio y es una agresión a la soberanía de Cuba y de terceros Estados”.
En esta isla irredenta, libre, soberana e independiente vive y trabaja por su futuro un pueblo, que desde hace sesenta años decidió por la opción del socialismo, un pueblo que ha demostrado estar preparado para enfrentar todo tipo de agresión, un pueblo decidido a llevar hacia adelante el proyecto social que construye día a día, dispuesto a lidiar con limitaciones, carencias, necesidades, obstáculos impuestos desde el exterior y con nuestras propias falencias; un pueblo que no se rendirá, ni claudicará ante las amenazas y presiones del imperialismo norteamericano y sus lacayos en diferentes latitudes; un pueblo que cuenta con la solidaridad de muchos pueblos y gobiernos del mundo, un pueblo que está convencido de que le asiste la razón, y que el único resultado posible de su viril postura es la VICTORIA.

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Publicado por: David Díaz Ríos /  CubaEstrellaQueIlumina

El bloqueo económico de EE.UU. contra Cuba: Manipulaciones históricas y evolución reciente


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El bloqueo económico de EE.UU. contra Cuba: Manipulaciones históricas y evolución reciente / Por José Luis Rodríguez


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El inicio de la ruptura del dominio total que Estados Unidos ejercía sobre la economía cubana con el triunfo revolucionario del 1º de enero de 1959, fue el factor decisivo para que –a partir de ese mismo momento- se iniciaran acciones encubiertas en contra del Gobierno Revolucionario cubano.
Desde un inicio se hizo prácticamente imposible negociación alguna que permitiera una relación civilizada entre Cuba y el vecino del norte, a partir del no reconocimiento por Estados Unidos del gobierno cubano como estado soberano y por tanto, en igualdad de derechos con el gobierno norteamericano.
Una lectura neocolonial de las relaciones con Cuba –que se inició en el siglo XIX-, no ha dejado de estar presente desde el propio año 1959 en los dirigentes de Estados Unidos y junto a ella ha primado la decisión de producir un eufemístico “cambio de régimen” en Cuba, que no ha sido más que la voluntad de destruir la Revolución.
De este modo, las agresiones norteamericanas –incluyendo la invasión militar mercenaria de Girón en 1961- se han sucedido en los últimos 60 años, utilizando desde los métodos del terrorismo más brutal y el apoyo a las bandas de contrarrevolucionarios en los años 60, hasta el soft power o track II como parte de la guerra mediática y diversionista que se inició en los años 80, hasta elbloqueo económicoque ha permanecido vigente en el arsenal de medidas contra Cuba desde el propio año 1959, aunque el mismo fue aprobado oficialmente en febrero de 1962 por el presidente Kennedy, mediante la Orden Presidencial Nº 3447.
En la actualidad, cuando parecía que ya se agotaba el arsenal de  medidas para fortalecer el bloqueo a Cuba, la administración de Donald Trump se propuso activar el título III de la Ley Helms-Burton aprobada en 1996 por el congreso de Estados Unidos, la cual tuvo como antecedentes inmediatos la coyuntura negativa que supuso el Período especial para el pueblo de Cuba. Para ello se han reeditado las mismas mentiras contenidas en las bases que argumentan dicha ley y que hoy pretenden revalidarse.
Es por ello que una breve revisión histórica resulta indispensable para revelar la verdadera naturaleza de la medida que ahora impulsa el gobierno norteamericano.
En efecto, al desaparecer los países socialistas en Europa la economía cubana entró en la crisis más profunda que debió enfrentar el país desde 1959.
Lógicamente esto no pasó inadvertido para los que diseñaban el bloqueo contra nuestro país.
El impacto de la crisis –denominada en Cuba como el Período especial en tiempo de paz, el cual se proclamó en agosto de 1990-[1]resultaría brutal. En efecto, el PIB cayó sin parar un 34,8% entre 1989 y 1993 y el país comenzó a aplicar una estrategia basada en el enfrentamiento a la crisis al menor costo social posible, reinsertando la economía en las nuevas condiciones internas y externas que emergían, contando para ello con el consenso político indispensable entre la población.
En medio de esas circunstancias, se aprobó en Estados Unidos la Ley Torricelli (Ley para la Democracia Cubana) en octubre de 1992. Mediante esta disposición el gobierno de Estados Unidos prohibió nuevamente las exportaciones a Cuba de las compañías subsidiarias norteamericanas en terceros países, que había sido inicialmente aprobada por la administración de Gerald Ford en 1975.
De forma simultánea en 1992 Cuba presentó por primera vez un proyecto de resolución a la Asamblea General de la ONU titulado “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”, el cual fue aprobado por 59 votos a favor y 3 en contra con 71 abstenciones.
Al respecto es importante registrar que esta resolución se ha aprobado desde entonces todos los años en Naciones Unidas, alcanzando en 2018 189 votos a favor y solo 2 en contra (Estados Unidos e Israel). Sin embargo, Estados Unidos –que solo ha conseguido cuando más 4 votos en contra en 26 años-, se niega a aceptar la voluntad mundial expresada casi unánimemente de forma sistemática en la ONU.
A partir de un gran esfuerzo, sin financiamiento externo y con una estrategia económica y social flexible, Cuba logró frenar la caída del PIB en 1994 y comenzó nuevamente a crecer, logrando –entre otros elementos positivos- la entrada de inversión extranjera directa de forma significativa en sectores como el níquel, el tabaco, el turismo, el sector energético y las telecomunicaciones entre los más importantes, todo lo cual llevó a una nueva Ley de la Inversión Extranjera aprobada por el parlamento cubano en septiembre de 1995.
En esta coyuntura y para enfrentar la gradual atracción al capital extranjero de la economía cubana y el inicio de su proceso de recuperación, se aprobaría en 1996 una nueva ley que –por sus implicaciones hasta el presente- es necesario examinar con cierto detenimiento.
El gobierno de Bill Clinton desde sus inicios había retomado la política del “soft power” o “track II”[2] en la política hacia Cuba, por lo que había optado por desarrollar un nivel de penetración ideológica y cultural en el país, unido al estímulo a la disidencia contrarrevolucionaria interna. Esta política –complementaria a las presiones del bloqueo económico ya existente- se desarrollaba a los efectos de erosionar la base de apoyo de la Revolución en las circunstancias críticas del Período especial, logrando así supuestamente el derrocamiento del gobierno cubano.[3]
La política de Clinton fue obstaculizada en todo lo posible por un congreso dominado por el partido Republicano,[4] que observaba con incredulidad como Cuba iba remontando el Período especial y reclamaba medidas más duras contra Cuba. De tal modo, Jesse Helms paso a presidir el Comité de Relaciones Exteriores del Senado, presentando una agenda de 10 puntos para modificar la política exterior del gobierno de Bill Clinton, donde se privilegiaba el caso de Cuba.
Ya en 1995 fue elaborado un proyecto de ley por el senador Jesse Helms y el representante Dan Burton, ambos gozando de un expediente de anticomunistas y ultraderechistas en toda su trayectoria. Para esta tarea contarían con el apoyo total del lobby anticubano del Congreso, que integraban personajes como Ileana Ros-Lehtinen, Lincoln Díaz-Balart y Bob Menéndez.
Fue así que se elaboró el proyecto de Ley para la Libertad y Solidaridad Democrática, conocida como Ley Helms-Burton el cual estaba en punta para ser votado a inicios de 1996, pero que contaba con la oposición inicial del gobierno demócrata.
En efecto, ya en una audiencia del senado realizada en junio de 1995, el subsecretario de Estado –Peter Tarnoff- declararía que: “…la ley violaba los derechos constitucionales del poder ejecutivo para conducir la política exterior del país, también varios tratados internacionales, las obligaciones de Estados Unidos ante el FMI y el Banco Mundial, así como las relaciones con socios extranjeros, que en represalia podían tomar medidas similares contra empresas estadounidenses.” Y más adelante señalaría que “…si Estados Unidos se arrogaba tales facultades para sus cortes, nada impedía que otros países hiciesen lo mismo (…) “…bajo la ley internacional Estados Unidos no tenía ningún derecho a intervenir en un asunto que correspondía a un Estado extranjero dentro de sus propias fronteras.”[5]
No obstante, la ley fue firmada por el presidente Clinton en marzo de 1996, con lo que la aplicación del bloqueo contra Cuba pasaba a ser decidida por el Congreso y no por el presidente, como había ocurrido hasta entonces.
La aparente contradicción en lo relativo a la valoración de la ley por parte del gobierno, se explica tomando en cuenta que –siendo 1996 un año de elecciones- Clinton no estaba dispuesto a enfrentar una opinión pública negativa que pudiera afectar su reelección, máxime cuando el pretexto inmediato para firmar la ley fue en represalia por el derribo -por la fuerza aérea cubana- de dos avionetas el 24 de febrero, las que repetidamente habían violado el espacio aéreo nacional, dejando caer proclamas sobre la capital del país en varias ocasiones y desoyendo las repetidas advertencias de Cuba a Washington para que controlara estos peligrosos vuelos que partían de territorio norteamericano.
La mencionada ley[6] se estructuró así no como una medida más del bloqueo norteamericano contra nuestro país. En realidad la misma era contentiva de un programa de acciones dirigidas a condicionar la eliminación del bloqueo al tránsito a un gobierno “democrático” y “libre” para Cuba, -de acuerdo a los criterios del gobierno estadounidense-, detallando todos los pasos que debían cumplirse estrictamente para ello.
Por otro lado, se utilizaron en la misma y se trató de fundamentar el uso de términos dirigidos a ocultar la realidad que constituyen hasta hoy mentiras flagrantes, tales como el término “embargo”, que la propia ley define mucho más allá de la definición convencional de la palabra al entender “…el embargo económico (incluidas todas las restricciones al comercio o a la realización de transacciones con Cuba, los viajes hacia ese país y desde él y todas las restricciones de compraventa de propiedades en las que Cuba o nacionales cubanos tengan interés)…” todo lo cual define un bloqueo y no un simple embargo en el marco de relaciones bilaterales en conflicto.
De igual modo, para cumplir con el objetivo de obstaculizar la inversión extranjera en Cuba, se define la confiscación como “la nacionalización, expropiación por el gobierno de Cuba de la propiedad o el control de un patrimonio”, cuando se esclarece en la práctica del derecho internacional y de las leyes que lo rigen, que la confiscación no lleva compensación alguna, mientras que la nacionalización –como la que realizó Cuba mediante la Ley 851 en 1960- si la contempla y así se aplicó a todos los extranjeros con propiedades nacionalizadas en el país, salvo en el caso de Estados Unidos, donde su propio gobierno prohibió a las entidades afectadas solicitar indemnizaciones a sus empresas en 1960, convencidos en que el problema se resolvería manu militari en la invasión que se preparaba en ese momento y que fue derrotada en abril de 1961.
De tal modo, la Ley se compuso de cuatro títulos:
  • En el Título I “Fortalecimiento de las sanciones internacionales contra el gobierno de Castro” resumió y amplió las sanciones puestas en práctica por normas anteriores, incluyendo todos los tipos de agresión no armada empleadas contra Cuba hasta entonces.
  • En el Título II “Ayuda a una Cuba libre e independiente” codificó las condiciones que tendría que cumplir el país para que se levantara totalmente el bloqueo, que eran ni más ni menos, el derrocamiento del gobierno revolucionario y el establecimiento de un gobierno supuestamente democrático y libre, pero sometido en todo al de Estados Unidos, lo que liquidaría la noción de la soberanía nacional.
  • El Título III “Protección de los derechos de propiedad de nacionales de los Estados Unidos” contenía dos decisiones al margen de los conceptos universalmente aceptados por el derecho internacional. Por un lado, se redefinía el derecho internacional al afirmar la vigencia de la extraterritorialidad en la aplicación de las leyes, señalándose que “El derecho internacional reconoce que una nación puede establecer normas de derecho respecto de toda conducta ocurrida fuera de su territorio que surta o esté destinada a surtir un efecto sustancial dentro de su territorio.”[7]
Por otra parte, la Ley se aplica -a los efectos de las reclamaciones por propiedades “confiscadas”- con carácter retroactivo, al legislarse que la misma reconoce las reclamaciones “…independientemente de que el nacional de los Estados Unidos fuese o no un nacional de los Estados Unidos (según se define en el párrafo 1 de la sección 502) en el momento en que el Gobierno de Cuba tomó la medida.”[8] Es decir, se otorga una potestad válida para un ciudadano norteamericano a otro que no lo era en el momento del acto de nacionalización, decisión totalmente arbitraria y motivada políticamente.
  • La Helms Burton concluía con un Título IV “Exclusión de determinados extranjeros” que incluía las sanciones a extranjeros que violaran lo dispuesto en la ley.
Aunque no era la primera vez que se pretendía aplicar una norma jurídica norteamericana con carácter extraterritorial, (la Ley Torricelli tiene ese carácter) la forma en que la misma se formulaba en esta ley inmediatamente desató un conflicto internacional.
Sucedió entonces que se aprobaron o se reformularon en el propio año 1996 un conjunto de “leyes antídoto”: En la Unión Europea el Estatuto del Bloqueo de la UE, que llevó a la formulación de una demanda contra Estados Unidos en la OMC; en Canadá la Ley Contra Medidas Extraterritoriales Extranjeras de Canadá y en México la Ley de Protección al Comercio y la Inversión de Normas Extranjeras que Contravengan el Derecho Internacional.
Por su parte, el parlamento cubano aprobó en 1996 la Ley de Reafirmación de la Dignidad y Soberanía Cubanas (Ley 80) en la que se declara en su artículo 1: “…ilícita la Ley “Helms-Burton”, inaplicable y sin valor ni efecto jurídico alguno.” Al propio tiempo en su artículo 2 reafirma la voluntad de negociar la justa compensación por los bienes expropiados, pero que esas compensaciones “deberán ser examinadas conjuntamente con las indemnizaciones a que el Estado y el pueblo cubanos tienen derecho, con motivo de los daños y perjuicios causados por el bloqueo y las agresiones de todo tipo, cuya responsabilidad corresponde al Gobierno de los Estados Unidos de América”, según se recoge en el artículo 3 de la Ley.[9]
En 1999 la Ley 80 fue complementada con la Ley de Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba (Ley 88), que fija las penalizaciones para los casos en que se contribuya a la aplicación de la Ley Helms Burton.[10]
En relación al controversial tema de las indemnizaciones y partiendo de la existencia máxima de un valor en libros de las propiedades norteamericanas nacionalizadas en Cuba, existe un valor certificado por Estados Unidos en 1972 que gira en torno a 1 800 millones de dólares, el cual tiene actualmente un valor que se estima en torno a 8 000 millones, por los intereses acumulados entre 1972 y 2018.
Sin embargo, el perjuicio económico causado por el bloqueo a Cuba se calculó hasta el 2018 en una cifra de 134 499 millones 800 mil dólares,[11] a lo que habría que añadir el reclamo actualizado por daños humanos, que en el año 1999 se estimaron en 181 100 millones de dólares.
Particularmente el carácter extraterritorial planteado en el Título III de la Ley Helms-Burton desató tal volumen de cuestionamientos a nivel internacional, que el gobierno de Estados Unidos acordó con la Unión Europea su no aplicación a cambio de que se retirara la demanda presentada en su contra en la OMC y que el Consejo de Ministros de la UE adoptara una llamada “Posición Común” contra Cuba, reclamándole respeto a los derechos humanos y a la democracia, iniciativa patrocinada por el derechista José María Aznar, presidente del gobierno de España de entonces.[12]
El escaso margen de maniobra que fue dejado al presidente de Estados Unidos para definir las relaciones con Cuba fue empleado por Bill Clinton para continuar aplicando el track II en el resto de su mandato. De tal modo, en el año 2000 hizo que el congreso aprobara la Ley de Reforma a las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones que permitió la exportación de productos agrícolas y medicamentos, -presumiblemente bajo presiones del lobby agrícola norteamericano- pero en condiciones totalmente restrictivas, ya que se exigía el pago por adelantado, sin créditos posibles, el transporte debía hacerse en barcos de EEUU y no se podía pagar en dólares. Adicionalmente –como parte de las concesiones a los congresistas anti cubanos- una disposición contenida en esta ley prohibía el turismo de los estadounidenses en Cuba.
Producto de esta ley las importaciones cubanas de Estados Unidos alcanzaron un máximo de unos 712 millones de dólares en el 2008, descendiendo desde entonces hasta solo 307 millones en el 2017.
Avanzando en el camino de la confrontación, a partir del 2001 la administración de George Bush hijo introdujo nuevamente una grupo de medidas punitivas contra Cuba, probablemente ante el “insuficiente” impacto de la Ley Helms Burton -así valorado por los republicanos- para acabar con el gobierno cubano.
De tal modo, en el año 2004 a solicitud del presidente, se elaboró por el Departamento de Estado el Informe de la Comisión para Asistir a una Cuba Libre,[13]con el objetivo de “…identificar medios adicionales para poner fin rápidamente al régimen cubano.”[14]En este documento se incluía un detallado plan a aplicar por Estados Unidos -una vez que se lograra el derrocamiento del gobierno cubano- con el objetivo de reimplantar el capitalismo dependiente en Cuba, bajo la dirección de un coordinador nombrado por el gobierno norteamericano.
En este documento destaca la reducción de las autorizaciones para viajes a Cuba –con una redefinición inédita del concepto de familia para los cubanoamericanos, que solo podrían viajar una vez cada tres años- así como una disminución de las remesas a enviar al país. También resaltan una serie de medidas encaminadas a fortalecer el bloqueo a Cuba y la persecución acrecentada a inversionistas y financistas extranjeros por parte de la OFAC.[15]
En otro giro de la situación, en marzo del 2009 las restricciones para viajar a Cuba fueron modificadas por el presidente Obama, aunque no cambió la esencia de la política de bloqueo contra Cuba.[16]
De tal forma, las medidas adoptadas por el gobierno de EE. UU. entre el 2009 y el 2014 reflejaron un nuevo impulso a la política del track II ya desarrollada por Clinton en los años 90, todo ello en un ambiente más favorable hacia Cuba, que se reflejó en un conjunto de decisiones –que si bien no afectaron esencialmente el bloqueo-, mostraron una mayor distensión en las relaciones entre los dos países.
Este ambiente alcanzó un punto culminante con el acuerdo entre Cuba y Estados Unidos para iniciar un proceso de normalización de las relaciones entre los dos países que se alcanzó el 17 de diciembre del 2014 y que conduciría al restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre Cuba y EE.UU.
Resulta de importancia en este punto registrar el reconocimiento por parte de Obama de la inviabilidad del bloqueo para producir un cambio en el sistema político cubano, lo que se reflejó en su discurso Sobre el Estado de la Unión de enero de 2015, cuando expresó: “Cuando uno hace algo que no funciona durante cincuenta años, es hora de probar algo nuevo. Nuestro cambio de política en relación con Cuba tiene el potencial de poner punto final a un legado de falta de confianza en nuestro hemisferio; desmorona una excusa ficticia para imponer restricciones en Cuba; defiende los valores democráticos; y extiende una mano de amistad al pueblo cubano. Y este año, el Congreso debería iniciar el trabajo de poner fin al embargo.”[17]
En el período de la presidencia de Obama, se firmaron 22 acuerdos, se produjo una flexibilización de los viajes a Cuba, se autorizó el establecimiento de vuelos directos de las líneas aéreas, se adoptaron decisiones para estimular el sector privado en el país, se mejoraron las comunicaciones y –al mismo tiempo- se mantuvo la ofensiva política e ideológica en el terreno de los derechos humanos y el sistema político cubano, entre otros aspectos, al tiempo que se incrementaban las multas aplicadas por la OFAC por  “traficar con activos cubanos” a bancos e instituciones financieras en todo el mundo, pero –especialmente- a entidades francesas, las cuales alcanzaron 14 397 millones de dólares en esos años.
La proyección de esta estrategia se reflejó en la Directiva Presidencial de Política. Normalización entre los Estados Unidos y Cuba, emitida por Obama en octubre del 2016. Una visión más clara y evidente del track II a través de este documento resalta cuando se plantea en el mismo:
“Nuestra política está diseñada para apoyar la capacidad de los cubanos de ejercer sus derechos humanos universales y libertades fundamentales, con la expectativa de que un mayor comercio ofrezca a un segmento más amplio de la población cubana la información y los recursos necesarios para lograr un futuro próspero y sostenible. En la consecución de estos objetivos, no estamos tratando de imponer un cambio de régimen en Cuba; estamos, en cambio, promocionando valores que apoyamos en todo el mundo respetando al mismo tiempo que corresponde al pueblo cubano tomar sus propias decisiones sobre su futuro.”[18]
No obstante, la apertura de un proceso de normalización de las relaciones con EE.UU.[19] tuvo un impacto positivo para Cuba en términos económicos, ya que este proceso creó un “efecto demostración positivo” en el resto de Occidente, lo que se reflejó en el incremento de los créditos al país –en buena medida a partir de procesos favorables de renegociación de la deuda oficial vencida-[20]y el impulso a la inversión extranjera, todo lo cual contribuyó a que el crecimiento del PIB en el 2015 alcanzara un 4,4% y que Cuba pudiera normalizar su situación financiera externa en cuanto a la deuda externa oficial se refiere.
II
Con la sorpresiva victoria de Donald Trump en las elecciones de Estados Unidos en noviembre del 2016, se inició un nuevo giro negativo en las relaciones con Cuba, que ya se prefiguraban en sus discursos de la campaña electoral.
De tal modo, con el objetivo declarado de revertir los modestos avances logrados por Barack Obama, Trump firmó en junio del 2017 el Memorando Presidencial de Seguridad Nacional sobre el Fortalecimiento de la Política de los Estados Unidos hacia Cuba, que derogó el memorando firmado por Obama en octubre de 2016, restringió nuevamente los viajes a Cuba y prohibió las operaciones de personas naturales o jurídicas norteamericanas con las empresas del Grupo de Administración Empresarial (GAESA) del MINFAR. También se establecieron restricciones adicionales para recibir remesas y viajar a personas que el gobierno de EE.UU. considere vinculadas al gobierno cubano.
Adicionalmente en el segundo semestre de 2017 se canceló el trabajo del consulado de EE.UU. en Cuba y la emisión de visas a cubanos, bajo el pretexto de afectaciones por supuestos “ataques sónicos” a los diplomáticos norteamericanos, sin que hasta el presente medien pruebas, ni se brinde acceso a los afectados para comprobar estas alegaciones.[21]
Con esta medida se pretende evidentemente crear una presión política adicional interna en Cuba para todas las personas que deseen viajar a Estados Unidos –comenzando por los familiares de los cubanos que viven en esa nación-, que ahora deberán tramitar su visa en un tercer país, con la consecuente elevación del costo de ese trámite, medida que, además, viola los acuerdos migratorios firmados anteriormente entre los dos países.
En medio de una política de agresividad creciente y violación de los principios del derecho internacional, el gobierno de Trump decidió también reactivar el Título III de la Ley Helms Burton –a diferencia de la posición de los presidentes norteamericanos asumida desde 1996- lo que ha abierto la puerta a la aplicación extraterritorial de una ley norteamericana, que ni Cuba, ni otros países están dispuestos a aceptar. Al respecto ya se han pronunciado en contra de la aplicación del mencionado título, además de Cuba, Canadá, la Unión Europea, España y México.
Ciertamente, -tal y como sucedió durante los años más agudos del Período especial- se trata de aprovechar en estos momentos una coyuntura económica adversa para el país con el objetivo de agredirlo por todos los medios posibles, pero también afectando intereses legítimos de empresas norteamericanas que se ven privadas de realizar negocios con Cuba en condiciones favorables.
En efecto, un estudio publicado en marzo del 2016 destaca que –de suprimirse las restricciones por parte de Estados Unidos y con menores barreras de importación en Cuba- a mediano plazo las exportaciones de EE.UU. llegarían a un estimado de 2 232.3 millones de dólares, 7,3 veces lo alcanzado en el 2017.[22] Por otro lado, de eliminarse completamente el bloqueo económico el PIB de Cuba crecería un 2% más cada año, según estimados internacionales.[23]
No debe pasarse por alto que –frente a esta nueva agresión- también existen alternativas para enfrentar el intento de aplicación del Título III de la Ley Helms Burton. Ya se han producido algunas demandas en tribunales de EE.UU., como la presentada por la firma Exxon contra las empresas CUPET y CIMEX, pero frente a ella puede presentarse una contrademanda que destaque como esa empresa no actúa de buena fe, ya que renunció a la indemnización propuesta por Cuba en 1960 sin una razón válida para ello, e iniciar así un largo proceso en los tribunales norteamericanos que pudiera durar años.
También Cuba pudiera retomar los avances en las negociaciones para compensar las nacionalizaciones que se llevaron a cabo en 2015 y 2016 para disuadir reclamaciones que no se reconocerían bajo ningún concepto bajo la aplicación de la Ley Helms Burton. Finalmente, Cuba pudiera abrir la posibilidad de inversiones de cubanoamericanos como otra alternativa en estos momentos, lo que mostraría una disposición favorable de cara a un segmento específico de ciudadanos de Estados Unidos, frente a la hostilidad del gobierno norteamericano.
Una vez más, un presidente norteamericano trata de utilizar oportunistamente –ante una coyuntura electoral en el 2020- el incremento del bloqueo económico para acabar con la Revolución, olvidando que durante 60 años esa ha sido una política fracasada, además de inmoral e inhumana, que ha causado pérdidas acumuladas que en este año deben superar los 138 000 millones de dólares, además de los impagables daños humanos que han afectado a varias generaciones de cubanos.
En tanto esta política persista, sea con Trump, o quien lo suceda, el mejor antídoto para Cuba será siempre consolidar la política económica y social más eficiente, que permita un desarrollo sostenible para nuestro país.
Notas:
[1] Este nombre se deriva de la terminología militar que se aplicaba en condiciones de bloqueo total al país, de ahí su apellido de “en tiempo de paz” para diferenciarlo de su uso en una contienda bélica.
[2] Esta política había cobrado fuerza en la administración de James Carter.
[3] Ver las medidas en la etapa inicial del gobierno de Clinton en CubaVsBloqueo (2017).
[4] Ver sobre este punto a Arboleya (2019).
[5] Toda esta información proviene de Patrick J. Kiger: Squeeze Play: The United States, Cuba and the Helms-Burton Act, Center for Public Integrity, 1998, citada por Arboleya (2019).
[6] Ver Congreso de Estados Unidos de Norteamérica (2006).
[7] Inciso 9 de la sección 301 de la Ley.
[8] Sección 514 de la Ley.
[9] Ver ANPP (1996).
[10] Ver ANPP (1999).
[11] Ver MINREX (2018).
[12] Este acuerdo dejó de existir con la firma –en diciembre de 2016- del Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre Cuba y la Unión Europea.
[13] Ver Departamento de Estado (2004)
[14] Ver ANPP (2004).
[15] Se trata de la Oficina para el Control de Activos en el Exterior de la Secretaría del Tesoro de Estados Unidos.
[16] Ver Oramas (2009).
[17] Ver The White House (2015).
[18] Ver The White House (2016). Ver una interpretación cubana de esta estrategia en Prensa Latina (2016).
[19] Ver un resumen de los acuerdos alcanzados en Departamento del Tesoro de EE.UU: (2016).
[20] Hasta el 2017 se estima que se renegociaron deudas por 54 372 millones de dólares con un nivel de cancelación del 82%, lo que conllevó pagos por servicios de la deuda de unos 23 000 millones.
[21] Un proceso similar se ha desarrollado por Canadá, que retiró su personal del consulado en la embajada en La Habana y que desde mayo 8 de 2019 solo emitirá visas a cubanos a través de la embajada de Canadá en México, sumándose así a la campaña de hostilidad contra Cuba de Donald Trump.
[22] Ver U.S. International Trade Commission (2016, p.20).
[23] Ver EIU (2015).
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Publicado por: David Díaz Ríos / CubaEstrellaQueIlumina