Corrupción: Peligro que nos afecta a todos / Por Lázaro Barredo Medina
La corrupción política, judicial y administrativa está dentro de los
principales problemas que preocupan hoy a la inmensa mayoría de las
naciones del planeta. Es causa de crisis social y de descréditos de
gobiernos y partidos, cuyos daños económicos a nivel mundial alcanzan,
solo en pagos de sobornos, la impresionante cifra de más de un millón de
millones de dólares anualmente, según investigaciones de organismos
internacionales especializados, como el Banco Mundial.
Para Cuba, este flagelo se concentra en lo fundamental en la gestión
empresarial y administrativa y, aunque no pone en riesgo su
gobernalidad, no es tan solo un perjuicio económico. La corrupción
constituye una potencial amenaza a la seguridad nacional, porque quienes
la practican se aprovechan y utilizan en beneficio propio los recursos
que el Estado ha puesto en sus manos para el desarrollo de sus funciones
y pretenden satisfacer intereses individuales de lucro y ostentación.
En la degeneración de los valores éticos, morales y políticos, sus
comisores terminan por enajenarse del proceso revolucionario, llegando
incluso a preparar condiciones de vínculos en el exterior y a iniciar el
camino de traición a la patria.
La corrupción es proceso o conducta que se manifiesta estrechamente
vinculada al delito. Sus acciones extendidas en la prestación de
servicios provocan un grave daño moral a la nación, lastran seriamente
la credibilidad de la Revolución ante la opinión pública y cual
oposición contrarrevolucionaria ataca la efectividad deseada en el
sostenimiento del orden, la disciplina y la institucionalidad del país.
Es un fenómeno tan contaminante que puede generar apatía en muchos
sectores de la sociedad. El peligro mayor es que tanto la población como
los actores económicos no aprecien con mucha preocupación estos hechos,
no tengan percepción del riesgo que representan para la nación,
convivan con ellos y no actúen con la repulsa necesaria.
Sin una participación ciudadana no habrá una presión efectiva contra
las acciones corruptas que muchas veces solo pueden detectarse a partir
del nivel de vida de los involucrados (de ahí la importancia de la
transparencia) porque una buena parte de los recursos resultantes de los
hechos delictivos se comercializan en los propios establecimientos del
Estado, donde son introducidos por los implicados, quienes así
involucran más personas, y simulan legalidad de las ventas, dificultando
el enfrentamiento.
El ciudadano honesto que hoy sale a las calles en sus gestiones, no
siempre tiene manera de sentirse defendido como consumidor ni en los
precios, ni en la tranquilidad de que va a encontrar soluciones en las
propias entidades del Estado. Basta ir a una tienda para darse cuenta de
la clase de negocio que existe para impedir que las personas accedan
directamente a las ventas estatales y estén obligadas a carenar en el
“foráneo” que está en la puerta del mismo centro comercial y te ofrece
lo humano y lo divino, muchas veces salido de los propios almacenes de
la tienda. Peor todavía es la tramitología ante entidades
administrativas en las cuales hay personas que abusan de su función
pública a quienes hay que darles dinero “por la izquierda” para poder
encontrar soluciones en el tiempo adecuado.
Novedosas formas de actuar antijurídicas
Desde antes del período especial estamos enfrentados en ciertas áreas
de servicios a esta degeneración, que se ha ido agudizando cada vez más
por la falta de exigencia administrativa, y el incumplimiento
intencional o negligente de la función de control por las personas
responsabilizadas en los diferentes niveles, que es la verdadera fuente
de las causas y condiciones que posibilitan el desvío de recursos, los
sobornos y abusos de cargos.
Las medidas en proceso para la actualización del modelo económico
cubano, esencialmente las nuevas formas de gestión no estatal de la
propiedad, han generado presión sobre las entidades y sus directivos por
la demanda de recursos y servicios (ante la carencia de un mercado
mayorista de materias primas para desarrollar su actividad), a lo cual
se une la insatisfacción de necesidades esenciales, lo que sin dudas
incide en la permisibilidad y aceptación de estos hechos.
Igualmente, el incremento de los precios de los productos de primera
necesidad, y la disminución del poder adquisitivo del salario, son
factores objetivos que impactan en la actuación de personas
inescrupulosas, que justifican su pérdida de valores con lo que han dado
en llamar “luchar”.
De ahí que los delitos económicos asociados a la corrupción mantienen
su impacto negativo en los sectores de la economía relacionados con la
producción, distribución, comercialización y venta de alimentos y otros
productos de alta demanda popular, a partir de cadenas delictivas que
involucran a directivos, trabajadores y fuerzas de seguridad y
protección, cuentapropistas y personas desvinculadas que quieren
mantener un alto nivel de vida con este “trapicheo”. La violación de
funciones, normas éticas, además del débil control interno y la desidia
en el accionar dentro de algunos colectivos de trabajo, constituye hoy
la base fundamental de abastecimiento al mercado ilegal.
En estas condiciones se reiteran o han surgido novedosas formas de
actuar antijurídicas mediante defraudaciones, evasiones fiscales, lavado
de activos, falsificaciones, obtención de ilícitos provechos durante
las transacciones comerciales o en el ejercicio de la administración de
bienes, entre otras, con negativo impacto en la economía estatal, donde
aparecen vinculados por su complicidad funcionarios y empleados
estatales.
También en este contexto, autoridades de la Fiscalía señalan la
detección de un creciente vínculo con el exterior en la ocurrencia de
ilícitos penales, en ocasiones por el empleo de las nuevas tecnologías y
disponibilidad financiera de algunos delincuentes, incluidos emigrados,
repatriados y extranjeros, varios de ellos vinculados a las formas de
gestión no estatal, con un marcado carácter corruptor hacia directivos y
funcionarios de entidades estatales.
Los sectores más perjudicados son las dependencias de los órganos
locales del Poder Popular, Comercio y Gastronomía, Agricultura,
Transporte, Industria Alimentaria, Sistema de Vivienda y Planificación
Física, empresas nacionales importadoras y la actividad de comercio
exterior y sucursales extranjeras en el país, donde por lo general están
involucrados directores, subdirectores económicos y productivos, jefes
de unidades empresariales de base, jefes de departamentos jurídicos y
especialistas.
Ahora, además, aparece un matiz nuevo y es que en ocasiones los
directivos no siempre son los organizadores del negocio ilícito, sino
que en su lugar debutan empleados, choferes u otros no vinculados
laboralmente como organizadores de los hechos, valiéndose del poder
financiero que poseen. Por excepción, se han detectado casos de
directivos en organismos y lo más lamentable es que casi todos se venden
por bagatelas para beneficiar a los corruptores.
La Contraloría General de la República ha señalado que la reiteración
de causas y condiciones devela las fallas en los sistemas de control
interno. También están las irregularidades en la planificación económica
y en la ejecución y liquidación del presupuesto, así como la
insuficiente definición e incumplimiento de los mecanismos reguladores
generales de la economía.
Asimismo, se agregan las vulnerabilidades en actividades claves, como
las inversiones, los procesos de negociación y contratación nacional e
internacional, que son vulnerados de diferentes formas, además de las
fisuras en la disciplina social y laboral, y la pérdida del valor del
trabajo como medio de vida principal.
A tenor de la última rendición de cuenta de la Fiscalía General de la
República y el Tribunal Supremo Popular ante la Asamblea Nacional, se
reiteró que todavía hay poca respuesta de los organismos, las empresas y
el resto de la administración en la detección de los hechos, lo que
implica que las acciones de control externo realizadas por las entidades
especializadas del Ministerio del Interior, la Fiscalía General de la
República y la Contraloría General de la República se realizan cuando ya
se produjo el hecho y se generó la afectación al patrimonio estatal.
Los principales modus operandis identificados se corresponden con: 1) las
falsedades documentarias para justificar el desvío de productos y
bienes durante su posterior comercialización en mercados estatales,
tiendas y el mercado ilegal; 2) adulteración de
documentos para legalizar la adjudicación de inmuebles o terrenos, a
cambio de efectivo u otros beneficios personales; 3) realización
por cajeros de operaciones cambiarias a través de Cadeca, sin
registrarlas contablemente por efectuarlas con efectivo particular; 4) pagos a trabajadores por cuenta propia por resultados de trabajo que no son reales; 5) aceptación
de beneficios otorgados por directivos de firmas foráneas durante el
proceso de negociación y concertación de contratos, consistentes
principalmente en la aceptación de comisiones, pagos de viajes al
extranjero, cenas, regalos, entre otros; 6) cobro ilegal de servicios médicos; 7) obtención de beneficios para retardar o incumplir la ejecución de sentencias de los tribunales y 8) organizar y mantener negocios ilegales particulares paralelos a la actividad comercial de entidades cubanas en el exterior.
Cuando una persona se corrompe es capaz de provocar perjuicios
severos a la economía, no solo por robar uno u otro recurso, sino al
cometer delitos que propician la actividad subversiva y ponen en riesgo
la ejecución de proyectos estratégicos.
Especialización en enfrentamiento a la corrupción
El general de ejército Raúl Castro Ruz alertaba en el mes de julio de 2013 ante la Asamblea Nacional del Poder Popular: “El
cumplimiento gradual de las nuevas medidas en el campo económico que
incluyen las formas de gestión no estatal, experimentos de diferentes
tipos y otras decisiones, condicionará la manifestación de delitos e
ilegalidades con métodos diferentes de organización, dirigidos a
vulnerar los sistemas contables y de enfrentamiento administrativo y
jurídico penal, como las inversiones por cubanos residentes en el
exterior o a través de sus familiares, y no se descarta la utilización
de capital obtenido ilícitamente, que se convierte en una variante de
blanqueo o lavado de dinero”.
Conversando sobre estos temas en la Fiscalía General de la República
con Pedro Pablo Cutiño Diéguez, fiscal-Jefe de la Dirección de
Enfrentamiento a la Corrupción e Ilegalidades, y con Alina Montesinos
Lee, fiscal-jefa de la Dirección de Información y Análisis, salió a
relucir que en el ordenamiento legal cubano se han previsto herramientas
que propician la prevención de la ocurrencia de hechos de corrupción.
Estas incluyen desde las normas elementales de la contabilidad, el
control interno, la auditoría, la realización de verificaciones
fiscales, todas estas de carácter eminentemente profiláctico y
preventivo, hasta las que permiten el enfrentamiento al hecho concreto
detectado, que van desde los típicos delitos, previstos y sancionados en
el Código Penal, hasta la aplicación de procedimientos confiscatorios
administrativos de los bienes obtenidos de manera indebida.
Los delitos que se manifiestan en general y que concentran los actos de corrupción son los siguientes:
1) malversación; 2) cohecho; 3) tráfico de influencias; 4) evasión fiscal; 5) prevaricación; 6) lavado de activos; 7) acto en perjuicio de la actividad económica o la contratación; 8) estafa; 9) negociaciones ilícitas; 10) revelación de secretos administrativos de la producción o los servicios; 11) abuso en el ejercicio de cargo o empleo en entidad económica; 12) revelación de pruebas para la evaluación docente; 13) abuso de autoridad; 14) ocultación u omisión de datos; 15) apropiación indebida y 16) enriquecimiento ilícito.
En nuestra opinión, quizás sea ineludible acelerar el pensamiento
sobre la necesidad de trabajar por una ley anticorrupción en Cuba, que
permita fortalecer la codificación en una sola norma legal de los
principios, las relaciones entre los factores institucionales que
intervienen en el combate y establecer normas básicas de actuación de
obligatoria observancia para todos, lo cual acrecentaría la
institucionalidad del enfrentamiento.
Por lo pronto, las herramientas antes mencionadas resultan de vital
importancia en la adopción de las medidas correspondientes con la
inmediatez requerida para exigir responsabilidad directa y colateral.
En la evaluación de los años 2016 y 2017 se han tramitado varias
decenas de procesos penales por hechos de corrupción y los principales
responsables fueron sancionados con severas penas de privación de
libertad. Los tribunales impusieron las sanciones accesorias de
prohibición del ejercicio de una profesión, cargo u oficio, comiso o
confiscación del patrimonio adquirido, así como la exigencia de la
responsabilidad civil derivada del delito, la que resultó cuantificada
en millones en moneda total.
En la ejecución de las sanciones se da seguimiento a la ubicación de
los inculpados en los centros penitenciarios para asegurar el rigor en
el cumplimiento de las condenas.
Igualmente, la Fiscalía General de la Republica realizó acciones de
control mediante investigaciones y verificaciones, dirigidas
fundamentalmente a las actividades vinculadas con la Agricultura,
Comercio Interior, Transporte, Industria Alimentaria, órganos locales
del Poder Popular y a los sectores no estatales (cooperativas no
agropecuarias y el trabajo por cuenta propia) en las que se detectaron
violaciones de la legalidad, por lo que se realizaron pronunciamientos
disciplinarios contra los infractores y los responsables colaterales.
También entre finales del año 2015 y el 2017 se llevaron a cabo 23
procedimientos confiscatorios al amparo del Decreto-Ley 149 de 1994 por
un patrimonio total de 135 millones de pesos, en las provincias de Pinar
del Río, Mayabeque, La Habana, Matanzas, Cienfuegos, Sancti Spíritus,
Las Tunas, Granma y Santiago de Cuba, donde resultaron expedientadas 25
personas, de ellas varios funcionarios, y otras 126 como terceros
beneficiados (algunos que actuaron como testaferros o prestanombres).
Entre las principales ilegalidades en las que intervinieron los
expedientados y sus terceros beneficiados, se encuentran la
falsificación de documentos notariales para evadir las obligaciones
tributarias (fundamentalmente en la adquisición de vehículos y
viviendas); sustracción de electricidad para negocios particulares,
otorgamiento de dádivas a inspectores y otros funcionarios públicos, con
el propósito de lograr el beneficio y la impunidad de sus actos.
En este período se incrementó la participación popular en el
ejercicio del derecho constitucional de dirigir quejas y denuncias a los
órganos y entidades estatales y la obligación de estos de ofrecer la
respuesta correspondiente.
En el año 2016, en la Fiscalía General de la República se recibieron
196 denuncias sobre fenómenos de corrupción por las diferentes vías
alternativas de comunicación establecidas en esa institución como parte
del perfeccionamiento de atención a los ciudadanos, tanto en contactos
personalizados, la línea telefónica, el correo postal, la entrega
personal y el portal web.
Pero el enfrentamiento con la participación de la ciudadanía pudiera
ser mayor. Hay cofradía ante determinados hechos que son muy difíciles
de afrontar porque no hay denuncias o son escasas. Por ejemplo, es
evidente que la ineficiencia reduce la calidad de las entidades que
prestan servicios al público y, por consiguiente, estimula que el
cliente tenga que ofrecer dinero a cambio de recibirlos. Sin embargo,
hay personas a las que se les propone entregar dádivas a funcionarios
públicos para resolver una gestión o un trámite, y no lo denuncian, por
lo que no es posible actuar. Esos hechos son de los que más desmoralizan
y ponen en tela de juicio la honradez del país y la moralidad de la
mayoría de sus funcionarios.
Durante uno de los períodos de sesiones de la Asamblea Nacional que
analizó el enfrentamiento al delito, el Comandante en Jefe Fidel Castro
Ruz señalaba: “…la cuestión de la lucha por la legalidad, por la
disciplina y contra los que delinquen contra la propiedad del Estado,
tiene que ser muy firme y muy consecuente… si no, resulta que habremos
derrotado al imperialismo y los ladrones casi nos van a derrotar a
nosotros…”.
Procesos confiscatorios
En un caso procesado en La Habana por lavado de activos,
falsificación de documentos públicos y evasión fiscal, se le aplicó al
principal acusado, conforme al Decreto Ley No. 149/94, un procedimiento
confiscatorio administrativo de cinco viviendas y una finca, 23 autos y
múltiples efectos electrodomésticos, muebles y otros objetos suntuosos
por un capital valorado en 25 millones de CUP.
Al exjefe de almacén de la Sucursal Habana Bucanero S. A., por los
delitos cometidos con la venta de cervezas, se le confiscó un patrimonio
ilegítimo valorado en más cinco millones 487 000 CUP, que incluyó tres
inmuebles con alto confort, un auto y más de un millón de CUP en
efectivo.
Parte de las propiedades confiscadas, por graves delitos económicos, a
la exgerente de la Sucursal Habana Bucanero S.A y a su esposo, exjefe
de Ventas de la Sucursal Habana Bucanero, a quienes se les calculó un
patrimonio ilegítimo valorado en más de cinco millones de CUP, que
incluyó dos inmuebles, autos modernos y bienes muebles valorados en más
de dos millones 138 000 CUP. En esta gráfica se aprecia la fachada y
espacio general del piso y el techo de toda la vivirenda.
Casos juzgados
Presentamos a los lectores algunos casos juzgados y sancionados con
sentencias firmes, publicados en boletines en el portal web del Tribunal
Supremo Popular (www.tsp.gob.cu).
El Tribunal dictó sentencia contra nueve funcionarios de Etecsa, la
empresa constructora integral de Guantánamo y un intermediario de una
entidad foránea por los delitos de actos en perjuicio de la actividad
económica o de la contratación, incumplimiento del deber de preservar
los bienes de entidades económicas, malversación y actividades
económicas ilícitas, imponiendo sanciones de privación de libertad entre
nueve y cuatro años, y un caso con un año de privación de libertad
subsidiada por trabajo correccional sin internamiento. A todos se les
aplicaron, además, las medidas accesorias del caso.
En el proceso quedó probado que los acusados que se desempeñaban como
director de la Dirección Territorial Este y jefe de logística,
respectivamente, en una dependencia de la Empresa de Telecomunicaciones
de Cuba, en La Habana (por sus siglas, Etecsa), conocían que el contrato
no debía hacerse porque contenía cláusulas ambiguas sobre las funciones
que cada entidad tenía que cumplir, porque definía al ejecutor del
contrato (la unidad empresarial de base Brigada No. 1, perteneciente a
la Empresa Constructora Integral de Guantánamo) como suministrador de
materiales, cuando, en realidad, sabían que era la entidad extranjera
Jaba-Balear S.L, la que cumplía ese papel.
Además, al proceso de negociación y concertación del contrato no se
acompañaron todos los documentos que exigía la legislación vigente
porque, de haberse hecho así, la representación foránea no hubiera
podido pactar negocios, pues no tenía inscripción en la Cámara de
Comercio ni constaba referencia alguna en los archivos del Ministerio de
Comercio Exterior para su operación en el territorio nacional, y esa
falta, que era de conocimiento de todos los firmantes, invalidaba su
existencia.
Por su parte, el director general de la Empresa Constructora Integral
de Guantánamo realizó modelos de solicitud de compras de moneda
extranjera, de conjunto con otro acusado, aun cuando en esa institución
no existía copia del contrato con Etecsa y, además, sabía que ese
desembolso no había sido aprobado en el Comité de divisas, del que ellos
eran los máximos responsables.
No obstante, propiciaron que se hicieran pagos a Jaba-Balear S. L.
que no tenían soporte documental ni contable, de ahí que esa falta no
pueda entenderse como un acto sin importancia o trascendencia porque los
responsables estaban conscientes de su contenido y cooperaron de manera
efectiva con su resultado.
Otros acusados también tuvieron conocimiento pleno de la ilicitud de
la negociación cuando se produjo el proceso de liquidación de la empresa
constructora y, no obstante, continuaron con ella y consintieron
trámites contables sobre ofertas, facturas y pagos anticipados que
provocaron daños económicos a la empresa.
La continuación de labores de ejecución de obra por una brigada
extinta dio lugar a que se emitieran certificaciones de obra de un
contrato que no se fiscalizó y no contaba con respaldo financiero.
Varios sancionados mantenían vínculos laborales con empresas cubanas,
donde debían velar por los recursos materiales y financieros que
conformaban el patrimonio de esas entidades, y en el ejercicio de sus
funciones faltaron a la integridad de sus cargos porque primó en sus
desempeños indiferencia, conducta dañina y reprochable.
Una encausada, que se desempeñaba como contadora, tenía entre sus
obligaciones verificar la pertinencia de los pagos anticipados
provenientes del cumplimiento de los contratos que se hacían en su
entidad. Sin embargo, al emitir un cheque solicitado por otro de los
encartados no revisó los documentos que lo amparaban. Así obró, de
manera deliberada, pese a que, en ocasiones anteriores le habían
devuelto otros por no ser procedentes.
También fue sancionado severamente uno de los acusados por otras
ilicitudes que dañaron los fondos monetarios de varias entidades
cubanas. La avaricia personal y el propósito de beneficiar al extranjero
para el que trabajaba, provocaron pérdidas de recursos vitales para el
desarrollo económico del país.
Por el delito de cohecho fueron sancionados dos funcionarios
aduanales en La Habana con privación de libertad de ocho y seis años,
respectivamente, a los que además se les aplicaron las medidas
accesorias correspondientes, por haber actuado de común acuerdo en la
exigencia de dinero, violando sus funciones, para obtener ventajas
económicas.
Ambos acusados solicitaban dinero para dejar pasar los artículos de
determinados viajeros en el local de revisión, evadiendo las cámaras de
vigilancia, y requerían que los billetes los depositaran dentro de los
pasaportes. Con esta conducta infractora de la ley atacaban la probidad,
honestidad y transparencia de la institución y del país.
Otro caso radicado por el Tribunal hace algún tiempo ocurrió en
Mayabeque, donde un grupo de personas desarrollaron una secuencia de
actos con el objetivo común de apoderarse de una importante cantidad de
dinero simulando una producción agrícola ficticia. En ese camino hacia
el crimen elaboraron documentos falsos para conseguir el desembolso de
capital en cada operación.
Por esa razón fueron sancionados seis funcionarios y empleados con
privación de libertad de entre 15 y cinco años, e impuestas las medidas
accesorias correspondientes, por los delitos de malversación,
falsificación de documentos bancarios y de comercio de carácter
continuado, incumplimiento del deber de preservar bienes en entidades
económicas, falsificación de documentos públicos de carácter continuado,
receptación, y portación y tenencia ilegal de armas o explosivos.
En este caso, un técnico de control de la calidad de una empresa fue
designado discrecionalmente para realizar compras de ajo y se convirtió
en el eje central de las actividades delictivas que tuvieron lugar: tuvo
la idea, nucleó a los participantes, buscó los mecanismos para
organizar un negocio fructífero para todos los implicados.
El implicado comprometió al jefe de balance de la Unidad Empresarial
de Base para que, de común acuerdo con los demás acusados, participara
en el defalco. La contribución de este funcionario era trascedente para
que el negocio ilícito se pudiera ejecutar. Otro tanto hizo con el jefe
de establecimiento de Batabanó, quien tramitaba las facturas del ajo no
producido, compraba, balanceaba y firmaba las compras ficticias con la
complicidad activa de otros operadores o controladores, quienes a su vez
falsificaban los informes de recepción para originar los reembolsos
financieros.
Como parte de la evaluación político-criminal del caso pudo
comprobarse, además, que el principal responsable ejecutó otras acciones
como comprometer al jefe de operaciones de una unidad empresarial de
base de Batabanó, supeditada a la empresa eléctrica, para que le
entregara tres transformadores y 1 500 metros de alambre, que consignó
en documentos oficiales como que habían sido colocados en el sistema de
riego en la agricultura. Además, ordenó a un chofer que se los llevara a
su domicilio, acto que de por sí solo constituía un delito.
El Tribunal declaró probados los hechos contra una funcionaria de la
dirección municipal de la Vivienda en Artemisa acusada de los delitos de
cohecho, estafa y falsificación de documentos, e impuso la sanción de
10 años de privación de libertad, con las accesorias del caso.
Esta funcionaria exigía dádivas para realizar actos inherentes a sus
funciones de entrevistar y tomar declaraciones, medir linderos e
investigar trámites y litigios, así como elaborar informes conclusivos
de lo investigado. Toda esa labor es la base de los proyectos de
resoluciones y decisiones que se adoptan en la dirección municipal de la
Vivienda. En el proceso quedó demostrado que en ese ilícito penal la
funcionaria exigía remuneración en su beneficio y luego, en los trámites
y documentos, “legalizaba” las ilegalidades cometidas por determinados
ciudadanos.
Dos responsables de una entidad en Santiago de Cuba fueron
sancionadas por los delitos de malversación y falsificación de
documentos bancarios y de comercio, y privadas de libertad con 12 y ocho
años, respectivamente, con las medidas accesorias del caso, tras la
ejecución de actos ilícitos para lucrar con la apropiación de
determinadas sumas de dinero.
Ellas se valieron de sus funciones y contenido de trabajo para
falsificar las nóminas de su centro laboral a la hora de efectuar el
pago del dinero extraído de la agencia bancaria por concepto de salarios
y vacaciones de los trabajadores. En este caso, se trataba de salarios
de médicos dejados de devengar.
El Tribunal Supremo Popular conoció y ratificó el proceso criminal
contra 12 ciudadanos, funcionarios y empleados bancarios sancionados por
el Tribunal Provincial Popular de La Habana por los delitos de cohecho,
falsificación de documentos bancarios y de comercio, malversación,
actividades económicas ilícitas, incumplimiento de obligaciones en
entidades económicas y falsificación de documento privado. Las penas de
privación de libertad oscilaron entre 15 y dos años, con las accesorias
del caso.
Para lograr su propósito, el procesado principal ideó el complejo
fenómeno delictivo y logró la participación conjunta de individuos con
determinados niveles de organización y distribución de tareas, lo cual
clasifica dentro de las formas modernas de asociación criminal
organizada.
En esta causa dos ciudadanos vinculados a una firma extranjera fueron
autores del delito de cohecho cuando entregaban sumas de dinero y otros
beneficios materiales a funcionarios y empleados del Banco
Internacional de Comercio S.A. para que les facilitaran sus gestiones.
Esto les aseguraba un trato privilegiado, la agilización de la
información y gestión en las operaciones financieras y comerciales que
desarrollaban.
Una gestora de negocios bancarios en esa entidad, violando sus
funciones, facilitó la desaparición de fondos mediante fórmulas de pago
porque, sin verificar el expediente e incumpliendo las normas bancarias
más elementales, confeccionó cuatro mensajes diferentes con una carta de
crédito y a un solo destinatario, acción que dio lugar al desfalco de
un millón 134 278.89 euros.
Luego, a pesar de estar obligada por razón de su cargo a verificar
que las cuantías transferidas se debitaran a favor de la entidad
acreditada en el expediente obrante en el Banco Internacional de
Comercio S.A, no revisó la documentación pertinente y sin emitir
previamente aviso de pago al Departamento de Posición, que debía
autorizar el movimiento de fondos. Ignoró los procedimientos por
orientación de su jefe, según justificó.
Según el tribunal, si se aceptara como justificación que los
subordinados siempre realicen lo que manden los superiores no tendría
sentido que se establecieran las funciones y contenido de trabajo para
los cargos intermedios. Lo cierto es que la inculpada permitió con sus
acciones que se desfalcara al Estado la citada suma de dinero.
Otra acusada, gerente de cartas de crédito de esa propia institución,
autorizó de manera consciente la salida definitiva de los fondos de las
cuentas del Banco Internacional de Comercio S.A al exterior, después de
que la gestora anterior confeccionara los cuatro mensajes de pago por
separado, desglosados en 300 569.72 euros, 266 569.72 euros, 250 000. 00
euros y 317 139.45 euros.
Otra gestora fue sancionada ante la visible violación de las normas
elementales de seguridad informática, pues, conociendo la trascendencia
de las operaciones que podían realizarse desde su computadora, la dejó
encendida, abandonó su puesto de trabajo y descuidó las medidas de
seguridad, lo que provocó que alguien desconocido emitiera un mensaje de
pago ficticio por el importe de 861 525.25 euros.
También fue sancionada otra gestora por la misma causa, al abandonar
en una ocasión su oficina, dejando la computadora encendida con el
sistema abierto, y en otra, por irse a un salón de belleza y dejar
activada su clave de acceso, lo que dio lugar a que personas ajenas a su
puesto utilizaran su máquina para hacer transferencias.
Mientras, el acusado principal, con el apoyo ilícito de otros
acusados, a sabiendas de las prohibiciones legales, creó una empresa
ficticia con el objetivo de gestionar financiamiento, entregó fotocopias
de pasaportes para tal efecto y firmó una solicitud donde hacía constar
la necesidad de obtener finanzas para dicha empresa.
El 29 de enero de 2008 acudió, conjuntamente con otro de los
acusados, a la Oficina de Representación del Republic Bank Ltd. en La
Habana, donde crearon a favor de B&B Finance Ltd. la cuenta bancaria
número 003111120739, con Amicorp Management Limited como rector legal
que permitiese a un tercer acusado ser firmante y accionista único.
La tramitación documental y bancaria para la creación de entidades
falsas fue ejecutada con el fin de adquirir ganancias patrimoniales
ilegítimas a partir de operaciones comerciales, consistentes en acciones
de intermediación financiera, préstamos y descuentos de documentos
crediticios, a favor de empresas financieras extranjeras que operaban en
Cuba.
Como expresa la sentencia del Tribunal Supremo Popular esta situación
de corrupción afecta el crédito de la institución bancaria y de los
funcionarios que la representan.
Fuentes:
http://bohemia.cu/en-cuba/2018/02/peligro-que-nos-afecta-a-todos/
ARTÍCULO RELACIONADO:
Sobre los artículos de Lázaro Barredo acerca de la corrupción. Cubadebate 26-II-2018 y Bohemia. Esteban Morales
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Publicado por: David Díaz Ríos / CubaSigueLaMarcha.blogspot.com
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